viernes, 3 de diciembre de 2010

Condenan a 16 meses de prisión a un empresario por la muerte de un trabajador en una obra


JUZGADOS

Condenan a 16 meses de prisión a un empresario por la muerte de un trabajador en una obra

El siniestro ocurrió en el 2000 en una casa en reformas en O Barqueiro, Mañón
Ferrol/la voz.

Fecha de publicación:

3/12/2010 - + Enviar Imprimir Volver Valoración de la noticia 1 , 2 , 3 , 4 , 5 , (3 votos) Envíando datos... Espere, por favor. Gracias. Un juzgado de lo Penal de Ferrol ha condenado a un año y cuatro meses de prisión a un constructor por un accidente mortal ocurrido en una obra suya, en O Barqueiro, Mañón, a media tarde del 23 de octubre del 2000. Se trata de Francisco Javier Caldas Fontán, titular de la compañía Constru-Caldas, S. L. La misma sanción se le impone al director técnico Emilio Piñeiro Hermida, en ambos casos por un delito contra los derechos de los trabajadores en concurso con un delito de homicidio por imprudencia grave y otro delito de lesiones por imprudencia grave porque hubo también un segundo trabajador gravemente herido.

Según la sentencia, dos trabajadores se encontraban colocando una de las hiladas de piedra del cerramiento del bajo cubierta de la vivienda (un proyecto de rehabilitación), subidos en un andamio metálico tubular. Uno de los apoyos del andamiaje tubular de los andamios cedió y cayeron desde unos ocho metros de altura. El obrero Manuel Ruibal Abilleira falleció al momento, mientras que su compañero, Miguel Ángel Casas Brazo, sobrevivió, si bien le han quedado numerosas secuelas, como consecuencia de las múltiples fracturas.

Los informes

El fallo también subraya que la obra carecía de un plan de seguridad e higiene y también de un coordinador de seguridad y salud laboral. Este documento se formalizó días después de producirse el siniestro, aunque el director técnico señalado era quien acudía por la obra y efectuaba su seguimiento y «el que descuidó y no exigió el cumplimiento de los preceptivos elementos de seguridad para el trabajo», añade. En el atestado de la Guardia Civil de Ortigueira sobre el accidente se señala que los trabajadores carecían de arnés y de sujeción, de red anticaídas o casco y que el andamio carecía de apoyos-quitamiedos a pesar de trabajar a una altura de cerca de nueve metros.

A su vez, el informe del centro de Seguridade e Hixiene de la Xunta señala que el accidente estuvo ocasionado por el uso de cemento-cola como aglomerante y la colocación de más de una hilada superpuestas antes del fraguado. La Inspección de Trabajo, además de la falta del plan de seguridad, subraya en el suyo que más que distinguir entre las medidas de seguridad que existían y las que faltaban puede sostenerse que se carecía de todo tipo de medidas, tanto individuales como colectivas. A las faltas de medidas indicadas añaden la inexistencia de protección perimetral, el andamio tubular carecía de barandillas y rodapiés y tampoco se ajustaba a la normativa vigente el equipo de trabajo utilizado para elevar los bloques de piedra. Por ello, la jueza concluye que concurren todos los elementos del delito de imprudencia grave del que hace responsable a los dos

http://www.lavozdegalicia.es/ferrol/2010/12/03/0003_8886864.htm

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