viernes, 28 de mayo de 2010

CONSEJO DE MINISTROS 28 MAYO -ENVASADO Y ETIQUETADO DE SUSTANCIAS PELIGROSAS


REAL DECRETO por el que se modifican el Real Decreto 363/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento sobre clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas y el Real Decreto 255/2003, de 28 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre clasificación, envasado y etiquetado de preparados peligrosos


ADAPTADA LA NORMATIVA SOBRE ETIQUETADO DE SUSTANCIAS Y PREPARADOS PELIGROSOS
Naciones Unidas ha establecido un sistema de clasificación y etiquetado para que las sustancias y mezclas de productos químicos sean identificadas de la misma manera en todos los mercados. Supone un beneficio para la protección de la salud y una mayor garantía para los consumidores y usuarios.
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se modifican los Reglamentos sobre clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas y sobre clasificación, envasado y etiquetado de preparados peligrosos.
Mediante este Real Decreto, del que también son coproponentes los Ministerios de Industria, Turismo y Comercio, y de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, se establecen normas para facilitar la aplicación del Reglamento de la Comisión Europea sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas peligrosas. Este Reglamento ha incorporado a la legislación europea el Sistema Globalmente Armonizado de clasificación y etiquetado de productos químicos de Naciones Unidas.
Sistema Globalmente Armonizado
El Sistema Globalmente Armonizado de clasificación y etiquetado de productos químicos de Naciones Unidas sirve para que las sustancias y mezclas de productos químicos sean identificadas de la misma forma en todos los mercados. Hasta la implantación de este Sistema los sistemas de clasificación de los peligros de estos productos no siempre coincidían; por ejemplo, una sustancia que podía considerarse irritante en Europa podía no serlo en Japón, siendo el etiquetado diferente pese a ser el mismo producto.
Este sistema supone un beneficio para la protección de la salud y una mayor garantía para los consumidores y usuarios, puesto que se acuerda a nivel mundial la información del etiquetado sobre la peligrosidad de estos productos.
Principales cambios
Los principales cambios que establece el Sistema Globalmente Autorizado en el ámbito de la clasificación de productos químicos, etiquetas y fichas de datos de seguridad son los siguientes:
Se sustituyen los actuales pictogramas cuadrados con fondo naranja por unos nuevos representados por rombos con el borde rojo y el fondo blanco. Se agrupan según “peligros para la salud”, “peligros físicos” o “peligros para el medio ambiente”.
Se cambian las actuales “frases de riesgo (R)” y “frases de seguridad (S)” por unas nuevas “indicaciones de peligro (H)” y “consejo de prudencia (P)”. Se aumentan el número de indicaciones de peligro y de consejos de prudencia, y se revisan los textos.
Se modifican los contenidos de las actuales etiquetas de peligro para incluir más información y más clara, llegando a simplificarse cuando vaya combinada con etiquetado de transporte.
Entre las ventajas de este Sistema están que establece un sistema global de comunicación e información de peligros, que comprende todos los productos peligrosos del mercado y que facilita el comercio internacional de productos químicos cuyos peligros hayan sido evaluados e identificados bajo un modelo internacionalmente reconocido.
La obligación de implementar este Sistema recae principalmente en los fabricantes e importadores, que deben distribuir los productos con las etiquetas que correspondan.