sábado, 6 de noviembre de 2010

CONSEJO DE MINISTROS 5 DE NOVIEMBRE-CLASIFICACIÓN, ENVASADO, ETIQUETADO DE SUSTANCIAS Y MEZCLAS

REAL DECRETO por el que se modifican diversos Reales Decretos para su adaptación a la Directiva 2008/112/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, que modifica varias Directivas para adaptarlas al Reglamento (CE) nº 1272/2008, sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas


MODIFICADA LA NORMATIVA SOBRE CLASIFICACIÓN, ETIQUETADO Y ENVASADO DE SUSTANCIAS Y MEZCLAS

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que transpone todas las modificaciones de diversas Directivas, que afectan a normas del ámbito competencial del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, para adaptarlas al Reglamento comunitaria de 2008 sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas.



Este Real Decreto incide en el ámbito competencial del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, en concreto en cuatro Reales Decretos sobre limitación de emisiones de compuestos orgánicos volátiles debidas al uso de disolventes en determinadas actividades; sobre gestión de vehículos al final de su vida útil; sobre aparatos eléctricos y electrónicos y la gestión de sus residuos y sobre la limitación de las emisiones de compuestos orgánicos volátiles en determinadas pinturas y barnices en productos de renovación del acabado de vehículos.



El Real Decreto, así como el Reglamento europeo al que se adaptan las Directivas afectadas, tiene como principales objetivos garantizar un elevado nivel de protección de la salud humana y del medio ambiente y la incorporación de los criterios de clasificación y etiquetado de sustancias y mezclas del Sistema Globalmente Armonizado de clasificación y etiquetado de productos químicos adoptado a escala internacional en el marco de las Naciones Unidas.



Asimismo, el Reglamento establece distintas fases en la aplicación del nuevo sistema que facilite la transición y adaptación de los agentes económicos afectados por la necesidad de modificar las clasificaciones de riesgo y los etiquetados de los productos. Esta adaptación fomentará la competitividad y la innovación, así como el funcionamiento eficaz del mercado interior de sustancias químicas, mezclas y ciertos artículos específicos, mejorando la circulación de los productos comunitarios en los mercados internacionales.

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