NOTAS DE URGENCIA SOBRE LA REFORMA DE LA CONTRATACIÓN LABORAL (RD LEY 10/2011)
ANTONIO ÁVILA GUTIÉRREZ&RAFAEL RUIZ CALATRAVA
Graduados Sociales, Licenciados en Derecho
Técnicos Superiores en Riesgos Laborales
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ENTRADA EN VIGOR: 31 de agosto de 2011
I.- CONTRATOS DE FORMACIÓN Y APRENDIZAJE:
Desaparece el actual contrato de formación: Los existentes al 30-8-2011, se rigen por la normativa anterior
• EDAD:
• Mayores de 16 años y menores de 25 años (sin cualificación)
• Los discapacitados no tienen límite de edad
• Hasta el 31-12-2013, se pueden concertar con mayores de 25 años y menores de 30 años (sin cualificación)
• DURACIÓN:
• Mínima: 1 año
• Máxima: 2 años
• Cabe prórroga de 12 meses más, según se establezca reglamentariamente, por convenio colectivo o cuando no se tenga título de ESO
• La duración se interrumpe en supuestos de IT, riesgo para el embarazo, maternidad, adopción o acogimiento, riesgo para la lactancia y paternidad
• EXCLUSIÓN:
• No puede celebrarse este contrato, si el puesto a cubrir ha sido desempeñado por el mismo trabajador en la misma empresa, durante un periodo superior a 12 meses
• FORMACIÓN:
• Es obligatorio que se imparta en un Centro Formativo previamente reconocido
• Debe iniciarse en el plazo máximo de 4 MESES desde inicio contratación
• Es prioritaria la obtención del título de ESO
• La actividad laboral tiene que estar relacionada con la formación
• Puede solicitarse de la Administración el certificado de profesionalidad o título de FP
• TRABAJO:
• Jornada máxima: 75%
• Se prohiben las horas extras, los trabajos a turnos y los nocturnos
• SALARIO:
• En proporción al trabajo efectivo según lo previsto en convenio colectivo, no pudiendo ser inferior al SMI en proporción al tiempo de trabajo
• REDUCCIÓN CUOTAS A LA SS:
• Los contratos que se celebren entre el 31-8-2011 y 31-12-2013, con trabajadores mayores de 20 años inscritos como desempleados antes del 16-8-2011:
• 100% de todas las contingencias. Empresas hasta 249 trabajadores
• 75% de todas las contingencias. Empresas desde 250 trabajadores
• 100% de la cuota correspondiente al trabajador
• ES NECESARIO exista incremento de plantilla
• SI SE TRANSFORMAN EN INDEFINIDOS:
• Reducción cuota empresarial 1.500€/año (durante 3 años)
• Reducción cuota empresarial 1.800€/año (durante 3 años) MUJERES
• ES NECESARIO exista incremento del nivel de empleo fijo
II.- CONTRATOS TEMPORALES:
• CONVERSIÓN EN INDEFINIDOS:
• Se modifica la DA 1ª de la Ley 12/2001, letras b y c, para ampliar los colectivos aplicables, en los siguientes términos:
• Contratos de duración determinada o temporal, celebrados antes del 28-8-2011, que se transformen hasta el 30-12-2011
• Contratos de duración determinada o temporal, celebrados a partir del día 28-8-2011, que se transformen hasta el 30-12-2012, si la duración no ha excedido de 6 meses (excepto formativos)
• SUCESIÓN DE CONTRATOS:
• Se suspende durante dos años la aplicación del apartado 5 del artículo 15 del ET (concatenación contratos durante más de 24 meses, dentro de un periodo de 30)
31 de agosto de 2011
Blog destinado a los interesados en temas de prevención de riesgos laborales,con especial atención al tratamiento jurídico.Además,sirve como instrumento de apoyo y actualización de contenidos para los alumnos de las asignaturas de Prevención de Riesgos Laborales que imparto en la Universidad de Valladolid, en Grado y Master. El blog está incluido en un PID (INNOVACIÓN DOCENTE) de la Universidad de Valladolid.
TRABAJO SANO Y SEGURO
TRABAJO SANO Y SEGURO
viernes, 2 de septiembre de 2011
APROBADO EL NUEVO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE PARA JÓVENES DESEMPLEADOS
APROBADO EL NUEVO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE PARA JÓVENES DESEMPLEADOS
RESUMEN CONSEJO DE MINISTROS DE 26-8-2011
Antonio Ávila Gutierrez & Rafael Ruiz Calatrava
Licenciados en Derecho, Graduados Sociales y
Tec. Sup. Prevención de Riesgos Laborales
Entre las medidas contenidas en este Real Decreto Ley destaca el nuevo contrato para el aprendizaje y la formación que pretende mejorar las oportunidades de empleo y formación de los jóvenes en situación de desempleo.
Este contrato tiene por objeto la cualificación profesional de los trabajadores en un régimen de alternancia de actividad laboral retribuida en una empresa, con actividad formativa recibida en el marco del sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo.
Está inspirado en el sistema alemán de formación dual, adaptado a las necesidades y características de nuestro mercado de trabajo y nuestro sistema de formación para el empleo y supone la derogación del actual contrato para la formación, que apenas constituye el 1 por 100 del total de los contratos que se realizan.
Se podrá realizar:
• Con mayores de dieciséis y menores de veinticinco años sin cualificación profesional; es decir, que no tengan el título de ESO o que, aún teniéndolo, carezcan de título universitario, de formación profesional o un certificado de profesionalidad.
• De forma transitoria, hasta el 31 de diciembre de 2013, se podrá realizar también con mayores de 25 y menores de 30 años, ya que hay muchos jóvenes sin cualificación profesional alguna dentro de este grupo de edad.
Se trata de un contrato de trabajo con plenos derechos laborales y de protección social.
La jornada laboral será del 75 por 100 de la jornada laboral habitual en la empresa. El resto del tiempo se dedicará a actividades formativas en un centro formativo.
Su duración minima será de un año y la máxima de dos años, y podrá prorrogarse un año más en función del proceso formativo, teniendo derecho a toda la acción protectora de la Seguridad Social, incluida la protección por desempleo, y del FOGASA.
Reducción de cotizaciones de las empresas
Con objeto de resultar atractivo para las empresas, cuando el contrato suponga incremento del empleo, la empresa tendrá una reducción del 100 por 100 de las cotizaciones a la Seguridad Social durante toda la vigencia del contrato si se contrata a personas desempleadas. La reducción será del 75 por 100 para empresas de más de 250 trabajadores.
Para favorecer su conversión en contratos indefinidos, las empresas tendrán derecho a una reducción de la cotización social de 1.500 euros anuales durante tres años (1.800 euros anuales en caso de contratar a mujeres), cuando a su finalización el contrato para la formación y el aprendizaje se transforme en un contrato indefinido y suponga creación de empleo fijo en la empresa.
PROGRAMA PREPARA
Por otra parte, el Gobierno ha decidido prorrogar durante seis meses más el programa PREPARA que pretende, a través de acciones de política activa de empleo, ayudar a las personas en situación de desempleo en su recualificación profesional para que puedan incorporarse a nuevos puestos de trabajo, mientras perciben una ayuda económica de cuatrocientos euros durante un máximo de seis meses.
FOMENTO DE LA CONTRATACIÓN ESTABLE
Se podrán transformar hasta el 31 de diciembre de 2011 en contratos de fomento de la contratación indefinida aquellos contratos temporales suscritos con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto. Por otro lado, el plazo se amplía hasta el 31 de diciembre de 2012 para los contratos temporales celebrados a partir de la entrada en vigor de la norma, siempre que su duración no exceda los seis meses.
Asimismo, para favorecer el mantenimiento del empleo, se suspende, durante un plazo de dos años, la regla que da lugar a la adquisición de la condición de trabajadores fijos por aquellos que en determinados plazos y condiciones encadenen contratos temporales.
FONDO DE CAPITALIZACIÓN
Finalmente, el Real Decreto Ley aprobado también incluye la prórroga hasta el 31 de diciembre de 2013 del resarcimiento, por parte del Fondo de Garantía Salarial (FOGASA), del pago de ocho días de salario por despido objetivo, aunque a partir del 1 de enero de 2012 será únicamente de aplicación en aquellos despidos considerados procedentes.
INTEGRACIÓN DE ORGANISMOS
Por último, para permitir una mejor eficacia en la prestación de los servicios, y dentro del proceso de racionalización de las estructuras administrativas de la Administración General del Estado, el Real Decreto Ley incluye el mandato para que, en un plazo de seis meses, se proceda a la integración en un único organismo del Servicio Público de Empleo Estatal y el Fondo de Garantía Salarial.
jueves, 1 de septiembre de 2011
Congreso de Salud Laboral y Prevención de Riesgos 2011
Congreso de Salud Laboral y Prevención de Riesgos 2011
Los próximos días 3 y 4 de noviembre la Sociedad Castellana de Medicina y Seguridad del Trabajo (SCMST) celebra su congreso bajo el lema "Trabajo, Corazón y Riesgos Psicosociales”, en el salón de Actos del INSHT de Madrid.
Os adjuntamos programa
Podéis encontrar más información en las webs:
http://www.scmst.es/ y http://scmst2011.drugfarmacongresos.com
Los próximos días 3 y 4 de noviembre la Sociedad Castellana de Medicina y Seguridad del Trabajo (SCMST) celebra su congreso bajo el lema "Trabajo, Corazón y Riesgos Psicosociales”, en el salón de Actos del INSHT de Madrid.
Os adjuntamos programa
Podéis encontrar más información en las webs:
http://www.scmst.es/ y http://scmst2011.drugfarmacongresos.com
viernes, 12 de agosto de 2011
Dª MARLIN MERCEDES CEDEÑO VERGARA, ADJUNTA AL SECRETARIO GENERAL DEL CONSEJO DE RELACIONES INDUSTRIALES Y CIENCIAS DEL TRABAJO DE ESPAÑA.
Dª MARLIN MERCEDES CEDEÑO VERGARA, ADJUNTA AL SECRETARIO GENERAL DEL CONSEJO DE RELACIONES INDUSTRIALES Y CIENCIAS DEL TRABAJO DE ESPAÑA.
Nuestra compañera de Panamá, Dª MARLIN MERCEDES CEDEÑO VERGARA, ha sido nombrada Adjunta al Secretario General para el desarrollo de las relaciones institucionales de nuestro Consejo General en Panamá y Centro-América.
Nuestra compañera proviene el Área de Prevención de Riesgos Laborales y es Doctora en Medicina por la Universidad de Panamá, y ha cursado la Maestría en Economía de la Salud y Gestión de los Servicios Sanitarios en dicha universidad. Cuenta además con estudios de especialización en Seguridad, Higiene y Prevención de Riesgos Profesionales en la Conferencia Iberoamericana de Estudios de Seguridad Social de México y es Máster en Prevención y Protección de Riesgos Laborales de la Organización Iberoamericana de Seguridad Social y la Universidad de Alcalá de Henares de España.
Dentro de su experiencia profesional destacan diez años con práctica de medicina privada e institucional como Médico de Salud Ocupacional de la Caja de Seguro Social (CSS) de Panamá, en donde además ha ocupado diversos cargos como Coordinadora de Bioseguridad, Planificadora en Salud, Jefa Nacional de Servicios Médicos de Riesgos Profesionales, Jefa Nacional de Salud Ocupacional. Teniendo a su cargo la presentación y desarrollo del primer Reglamento General de Prevención de Riesgos Profesionales de la CSS (aprobado en 2009) y participó como representante principal de la CSS en el Reglamento de Seguridad de la Industria de la Construcción (2007). Ha sido docente en carreras técnicas relacionadas con la salud y desarrollado sistemas de gestión de la prevención en diversas entidades y participado activamente en jornadas y congresos de prevención de riesgos laborales. Vaya desde aquí nuestra más calurosa bienvenida y nuestra felicitación.
Área de Comunicación.
Secretaria General del CGRICT.
lunes, 8 de agosto de 2011
I CONGRESO IBEROAMERICANO DE CULTURA PREVENTIVA
I CONGRESO IBEROAMERICANO DE CULTURA PREVENTIVA
Y SEGURIDAD OCUPACIONAL EN PANAMÁ
http://www.cgrict.com/docs/I%20CONGRESO%20IBEROAMERICANO%20DE%20CULTURA%20PREVENTIVA%20Y%20SEGURIDAD%20OCUPACIONAL.pdf
Y SEGURIDAD OCUPACIONAL EN PANAMÁ
http://www.cgrict.com/docs/I%20CONGRESO%20IBEROAMERICANO%20DE%20CULTURA%20PREVENTIVA%20Y%20SEGURIDAD%20OCUPACIONAL.pdf
domingo, 7 de agosto de 2011
Promoción del bienestar mental en el trabajo
Promoción del bienestar mental en el trabajo
Fecha 03/08/2011
En el Reino Unido el Servicio Nacional de Salud (National Health Service) está interesado en reducir los problemas psicosociales en el trabajo, que acaban recayendo sobre él en forma de enfermos que hay que curar. Por eso ha elaborado esta guía para todos los que tienen algún papel que jugar en la promoción del bienestar mental en el trabajo, entre los cuales se incluye específicamente a empresarios y directivos de empresas de cualquier dimensión y de cualquier sector, público o privado. La guía (41 páginas, 2009) está disponible en:http://www.nice.org.uk/nicemedia/live/12331/45893/45893.pdf
http://www.nice.org.uk/nicemedia/live/12331/45893/45893.pdf
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